Marcelino Rivera Hernández recupera su curul local, luego de que el tribunal Electoral del Estado ordenó a la mesa directiva de la LXIV Legislatura tomar protesta y regresar la calidad de diputado en funciones.
El TEESLP emitió la sentencia con el argumento del Instituto de Fiscalización Superior del Estado (IFSE) aún no es firme, por los recursos de defensa promovidos por el agraviado, lo que impide la inhabilitación.
Además, no se muestra derivado de los juicios un cambio en la situación jurídica, a partir de las determinaciones emitidas por sala regional Monterrey, dentro del juicio de revisión constitucional donde se determinó que con base al principio de presunción de inocencia, que constituye un fundamento de garantías judiciales, no puede ser restringido el derecho político electoral, de ser votado y electo para un cargo de elección popular.
El tribunal resolvió que al encontrarse pendientes medios de defensa por el diputado propietario en contra de la determinación de la autoridad administrativa, no resulta razonable para el órgano jurisdiccional, restringir del ejercicio de su derecho al voto.
“No fue correcta la determinación de la responsable al convocar al diputado suplente, atendiendo que la determinación administrativa que sanciona al diputado propietario no se encuentra firme”, concluyó el TEESLP.
